Por las razones y fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Buchivacoa y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Capatárida, administrando Justicia en nombre de la Ley, declara la extinción de la Obligación de Manutención, fijada por los Ciudadanos Amalia Rosa Marín y José Ramón Primera, favor de la Niña Julexis Emili Marín (Hoy mayor de edad), conforme lo establece el Articulo 383 Literal b de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.