Por las razones y fundamentos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA Y DABAJURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Capatárida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN de la Obligación de Manutención, fijada al Ciudadano RENNY ORTIZ SEMECO, a favor del Adolescente ISRAEL YANPOLI ORTIZ FARÍA (hoy mayor de edad), conforme a lo establecido en el Artículo 383, literal b de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.