DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure en funciones de Tribunal de Control en materia de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley cumpliendo con lo exigido en los artículos 578 y 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: PRIMERO: Se admite parcialmente la acusación presentada por el Ciudadano Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público del Estado Falcón y se mantiene la Calificación Jurídica Provisional propuesta toda vez que la presunta conducta del acusado se subsume en los artículos 277 y 218 del Código Penal y así se decide. SEGUNDO: Con relación a las pruebas, se admiten las siguientes, por ser pertinentes, lícitas y necesarias.....