Este JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR, la presente acción por Obligación de Manutención, la cual queda establecida de la siguiente manera:
a) El Treinta por Ciento (30 %) del sueldo o ingreso semanal que devengue el obligado, ciudadano NOEL VICENTE LEAL LEAL, y que este debe suministrar en forma semanal, siendo la fecha de cumpliendo los días viernes de cada semana.
b) Para los meses de septiembre y diciembre, una cuota extraordinaria del Treinta por Ciento (30%) Adicional, que debe ser pagadera en la primera quincena del mes de septiembre y diciembre de cada año, para cubrir los gastos escolares y de navidad de la niña.
c) En cuanto a los gastos médicos y de medicinas que amerite la niña estos serán cubiertos en su totalidad por el padre de la menor, así como cualquier otro gasto que pudiera requerir la menor en ate.....