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Decisiones del dia 11/07/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 448-2013 N° Sentencia : S-N Fecha: 11/07/2013
Procedimiento:
Demanda Por Resolución De Contrato
Partes:
CONSEJO COMUNAL "KILÓMETRO 60" VS ASOCIACIÓN COOPERATIVA SERVICIOS TÉCNICOS Y CONSTRUCCIONES "LOS IMPULSORES R.L."
Resumen:
se declara: INCOMPETENTE para conocer de la presente causa en razón de la materia. Y ASÍ SE DECIDE. En segundo término, se observa que la parte demandante estimó la demanda en la suma de ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCO CENTIMOS (Bs. F. 11.999,5), lo que equivale a CIENTO DOCE CON UNA UNIDADES TRIBUTARIAS (112,1 U.T.) ello por cuanto el valor de la Unidad Tributaria para la fecha de interposición de la demanda es de CIENTO SIETE BOLIVARES (Bs. F. 107,oo), evidenciándose así que la cuantía de la demanda interpuesta no excede de TREINTA MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (30.000 U.T.), motivo por el cual y de acuerdo a lo estatuido en el artículo 25 de la supra mencionada Ley Orgánica de Jurisdicción Contencioso Administrativa, se declina competencia al Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro Y ASÍ SE DECIDE
Juez/Ponente:
Dalmira María Barrera
Organo:
Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola
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N° Expediente : 447-2013 N° Sentencia : S-N Fecha: 11/07/2013
Procedimiento:
Demanda Por Resolución De Contrato
Partes:
CONSEJO COMUNAL "KILÓMETRO 60" VS JOSÉ GREGORIO LÓPEZ
Resumen:
se declara: INCOMPETENTE para conocer de la presente causa en razón de la materia. Y ASÍ SE DECIDE. En segundo término, se observa que la parte demandante estimó la demanda en la suma de ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCO CENTIMOS (Bs. F. 11.999,5), lo que equivale a CIENTO DOCE CON UNA UNIDADES TRIBUTARIAS (112,1 U.T.) ello por cuanto el valor de la Unidad Tributaria para la fecha de interposición de la demanda es de CIENTO SIETE BOLIVARES (Bs. F. 107,oo), evidenciándose así que la cuantía de la demanda interpuesta no excede de TREINTA MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (30.000 U.T.), motivo por el cual y de acuerdo a lo estatuido en el artículo 25 de la supra mencionada Ley Orgánica de Jurisdicción Contencioso Administrativa, se declina competencia al Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro Y ASÍ SE DECIDE
Juez/Ponente:
Dalmira María Barrera
Organo:
Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola
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