En fecha 01/07/2010, se le da entrada a Despacho emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual se Decreto el Desalojo de un Inmueble plenamente identificado en éste, así como el Embargo Ejecutivo sobre Bienes Propiedad de la Parte Demandada; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 27/07/2010 se dicta auto mediante el cual se le da entrada a diligencia suscrita por el abogado Francisco A. Duno, con el carácter de autos, quien expone que por cuanto el inmueble objeto de Desalojo ya esta en manos del demandante, es innecesario su constitución en el mismo y en consecuencia se dejen sin efecto las boletas de notificación libradas a los auxiliares de Justicia. El Tribunal provee de co.....