El Tribunal Ejecutor declara medida de embargo preventiva, sobre el 50% del haber existente que mantiene la demandada de autos, ciudadana María del Pilar Julio Cárdenas en la Cooperativa San José Obrero R.L. Se designó como Depositaria Judicial a la Entidad Bancaria BANFOANDES. Asimismo, acuerda devolver la presente comisión al juzgado de la causa designando como Correo Especial al ciudadano Wilmer Argenis Rivas en su condición de demandante.