El Tribunal Ejecutor, visto el convenimiento hecho entre las partes, se abstiene de ejecutar la medida para lo cual fue comisionado, acuerda devolver la presente comisión a su Tribunal de origen en el estado en que se encuentra a los fines consiguientes y expedir copia certificada de estas actuaciones, y su reconstitución a su sede natural; asimismo, acuerda agregar en copia simple el Poder consignado por la Apoderada Actora de la parte demandada.