Con fundamento en los razonamientos de hecho y de Derecho precedentemente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR el recurso de revisión interpuesto por el Abogado OSCAR RICARDO GÓMEZ, Defensor Público Penal y, en consecuencia, ACUERDA REBAJAR LA PENA a su defendido, ciudadano YERMI JESÚS GÓMEZ ROJAS, arriba identificado, quién deberá cumplir la pena definitiva de UN AÑO DE PRISION por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la nueva Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las penas accesori.....