esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA: INADMISIBLE la acción de Amparo interpuesta por los abogados CARLOS EDUARDO COLMENARES GAITAN y YASMIR IGNACIO CASTILLO SANCHEZ, defensores privados de los ciudadanos ALFREDO JOSE MARTINEZ TERAN y EDUARDO ALEXANDER VELASQUEZ ZABALA, contra el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, por la presunta violación a Derechos y Garantías Constitucionales por falta de legitimación y de cumplimiento de la carga procesal de consignar las copias certificadas o aún simples de las actas procesales contenidas en el asunto penal IP11-P-2014-00442.