esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada YANIS MATHEUS DE ACOSTA, en su condición de Jueza Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el asunto penal seguido contra el ciudadano JOSMER ANTONIO CHIRINOS SANTIAGO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 17.905.290, de 21 años de edad, domiciliado en la calle principal de 5° de Julio, casa N ° 12 de color verde, detrás de la panadería Magi, de la ciudad de Coro, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano: ANTONI MANUEL GONZALEZ VELASQUEZ.
En atención a lo dispuesto en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal, al haber sido declarada con lugar la inhibición, el .....