En suma y con fundamento en las razones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Israel García Ramírez, Defensor Privado del ciudadano Abraham Heriberto Dávila Atacho, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, en fecha 13 de Junio de 2006, mediante el cual impuso la medida judicial preventiva privativa de libertad prevista en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal al mencionado ciudadano. Líbrese oficio al Presidente de este Circuito Judicial Penal con anexo de copia certificada de la presente decisión. Se insta al Tribunal Primero de Control de la Extensión Punto Fijo de este Circuito Judicial Penal a que en lo adelante se abstenga de remitir a esta Instancia Superior Judicial.....