esta Corte de Apelaciones en Sala Accidental del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de APELACION incoado por los Abogados ROMER LEAL DURAN, CARMEN ANGELICA ROMERO, BETSY ANDRADE SAAVEDRA, BRINER ALI DABOIN, en su carácter Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Fiscal Vigésima Séptima del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscales Auxiliares Vigésimo Séptimo a Nivel Nacional con Competencia Plena respectivamente, contra la decisión dictada en fecha 31 de marzo de 2009 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en el asunto penal Nº IP01-P-2008-003249 que ADMITIÓ PARCIALMENTE la acusación en contra del ciudadano HECTOR FRANCISCO HERNANDEZ MARIN, por la comisión.....