esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado OSWALDO A. PERCHE MEDINA, Defensor Privado de los ciudadanos FELIPE DÍAZ MÉNDEZ y CÉSAR ABEL NIÑO CHITIVA, contra los autos dictados en fecha 17 y 19 de diciembre 2007 por el Juzgado Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante los cuales decretó que la acusación fue presentada temporáneamente por el Ministerio Público y declaró sin lugar la solicitud de libertad de los acusados interpuesta por la defensa, en el proceso que se les sigue por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la modalidad de OCULTAMIENTO.