esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de amparo constitucional sustanciado por esta Corte de Apelaciones, luego de que fuera admitida la acción de amparo propuesta por el Abogado SALVADOR JOSÉ GUARECUCO CORDERO, anteriormente identificado, actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano HÉCTOR GUSTAVO SEGOVIA ZAVALA, arriba identificado, contra presuntas omisiones en la que habría incurrido el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, conforme a lo dispuesto en la doctrina vinculante que estableció el procedimiento de amparo constitucional, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 01 de febrero de 2000, en el caso José Amado Mejías Betancourt, por incomparecencia de la mencionada accionante a la audiencia.....