esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: Admisible los recursos de apelación de autos interpuesto, el primero de ellos por el Abg. Francisco Alonso Guanipa Ocando, previamente identificado, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Adelis Segundo Carrasco Perozo, plenamente identificado; y el segundo de ellos, interpuesto por el Abg. Cesar Enrique Mavo Yagua, previamente identificado, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Anthony Isai Petit Blanco, plenamente identificado; ambos recursos intentados en contra el auto publicado por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial, extensión Punto Fijo, el día 16 de septiembre de 2008, en el asunto IP11-P-2008-0002057 (nomenclatura de ese despacho); resolución ésta que decretó la Medida Judicial Privativa de Libertad en contr.....