esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional ejercida por los abogados LUIS OSORIO, MIGUEL ARNAEZ, JEAN CARLOS QUINTERO, GILBERTO ZERPA y ALEXANDER GONZALEZ, en su condición de defensores privados de los ciudadanos JOEL ALEXANDER CETOLA SALCEDO, ANDY YOEL CLARA ARAMBULET, XAVIER JESUS DUNO PEREZ, CARLOS JOSE ORTIZ, RONNY VARGAS, y JAIME JOSE RIVERO, imputados en el asunto principal signado con el Nº IP11-P-2011-002049 en contra de la conducta omisiva en que incurriera el Juzgado segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, por cuanto se conculcaron los derechos a la defensa, al debido proceso, a la Tutela Judicial Efectiva, previstos en los artículos 26, 49 y 253 de la Constitución de la República Boli.....