esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados ROMER LEAL DURÁN y NERCY SIRIT ROVERO, en sus condiciones de Defensores Privados del ciudadano: LEONEL RAFAEL TORREALBA GARCÍA, contra el auto dictado en fecha 15 de Agosto de 2013 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, mediante el cual decretó la privación judicial preventiva de libertad del mencionado ciudadano, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, conforme a lo dispuesto en el artículo 236 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: En consecuencia SE DECLARA LA NULIDAD DE LA DECISIÓN objeto del recurso de apelación sin efectos de reposición de la causa.....