esta Corte de Apelaciones en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara; SE DECLARA CON LUGAR el recurso de revisión interpuesto por el ciudadano DIOVER ARCÁNGEL ARGUELLES HERNÁNDEZ, contra la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, que lo condenó a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS de Prisión por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por el procedimiento por admisión de los hechos, a tenor de lo establecido en el artículo 376 del derogado Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se RECTIFICA LA PENA al penado de autos, ciudadano: DIOVER ARCÁNGEL ARGUELLES HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.586.841, soltero, domiciliado en el Sector Bobare, Callejón Jurado, casa S/N° de esta ciudad de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, actualmente recluido en la Comunidad Penitenciaria de .....