esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN incoado por los Abogados LUIS ALFONZO MARCANO GOMEZ y JUAN CARLOS URDANETA AGUILAR, en su condición de Defensores del ciudadano JUAN DAVID DÌAZ MARIN, y las abogadas ALCIRA MUÑOZ HERNANDEZ y MARBELIS DÍAZ, en su condición de Defensoras del ciudadano BLADIMIR TORRES TORRENS, plenamente identificados, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Extensión de Punto publicada en fecha 9 de Mayo de 2014 que DECLARÓ CULPABLE a los ciudadanos JUAN DAVID DÌAZ MARIN y BLADIMIR TORRES TORRENS, y los condeno a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derech.....