esta Corte de Apelaciones, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado REINALDO JOSE ALFONZO PEROZO, en su carácter de Defensor Privado de las ciudadanas YUBISAY YDANIRIS GUTIERREZ MARIN y YAMILE YANIRE GUTIERREZ MARIN, antes identificadas, apelación que se formaliza contra decisión dictada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, extensión Punto Fijo, cuyos fundamentos en extenso fueron publicados en fechas 07 y 13 de Julio de 2017, que declaró la inadmisiblidad del Escrito de Excepciones presentados por la Defensa e improcedente la Solicitud de Nulidad Absoluta, y así se decide. SEGUNDO: Se confirma en todas y cada una de sus partes la decisión objeto de apelación. Notifíquese a las partes.