esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JOSÉ RAFAEL CABRERA CHIRINOS, Fiscal Provisorio Décimo Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, CARMEN LUISA ZAMBRANO MARCANO Y ABIDAIL YOSELIN VALBUENA VARGAS en su carácter de Fiscales Auxiliares Interinos Décimo Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; contra el auto dictado en fecha 23 de Noviembre de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Control Extensión Punto Fijo, mediante el cual decretó la Revisión de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado PEDRO ROBERTO YAGUA FINGAL, por resguardo al derecho a la salud. SEGUNDO: SE CONFIRMA EL AUTO objeto del presente recurso. Regístrese, déjese copia, publíquese. Notifíquese.