Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, existiendo un hecho Punible que merece pena privativa de Libertad, cuya acción Penal, no se encuentra evidentemente prescrita, que existen suficiente Elementos de Convicción para estimar que el imputado es el Autor del mismo, Declara con lugar la solicitud Fiscal y DECRETA al Imputado ALEXANDER TALAVERA, indocumentado y sin residencia conocida, LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda proseguir el presente procedimiento por la vía ordinaria, Igualmente se ordena oficiar al departamento de Salud Mental del Hospital Alfredo van Grieten de esta ciudad de Coro, a los fines de la solicitud de la defensa. Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público en su oportunidad legal para que pro.....