Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
PRIMERO: DECLARA Con lugar la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico, en el sentido de decretarle al imputado unas Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial de Libertad. SEGUNDO: Acuerda decretar al imputado LUIS MIGUEL DELGADO ANDRADEZ, Venezolano, mayor de edad, comerciante, Natural del Estado Yaracuy, titular de la cédula de identidad No 8.592.371, domiciliado en el Barrio Libertad Calle 31, casa No 61-2, Puerto Cabello, Estado Carabobo, por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el Articulo 409 del Código Penal, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, establecida en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, Ordinal Tercero, consistente en presentación por ante la Fiscalia Quinta del Ministerio Publico c.....