este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara con lugar la solicitud del Ministerio Público, en consecuencia impone al imputado EDIXON RAMON GUTIERREZ, venezolano, de 35 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad 14.723.237, oficio obrero, nacido en Dabajuro, Estado Falcón, en fecha 12 de Mayo de 1.973; la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, prevista en el numeral 8 del artículo 92 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, referida a la prohibición de ejercer cualquier violencia, física, psicología y verbal en contra de la víctima; y la Medidas de Protección y de Seguridad prevista en el numeral 6 del artículo 87 ejusdem, referida a la prohibición de la prohibición de ejercer cualquier tipo de acoso a la victim.....