En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos: JOSE GREGORIO SALAS BRACHO, cédula de identidad Nº 15.915.413, venezolano, de 35 años, nacido en Coro, Estado Falcón, el 28/06/1974, soltero, de profesión u oficio Albañil, residenciado en la calle Las Mirlas con calle Las Mercedes, casa Nº 11, de esta ciudad, hijo de Reyes Maria Bracho (Difunta) y Luís Salas Bracho por la comisión del delito de de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, Previsto y sancionado en el Artículo 153 de la ley Orgánica de drogas en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 43, 44, 46, 49 ordinal 7º y 300 ordinal 3º, del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Notifíquese, diaricese, notifíquese a las partes y déjese cop.....