Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE AMPARO A LA LIBERTAD, por considerar que la Comandancia de Policía del Estado Falcón, si esta incurriendo en vulneración de los derechos a la libertad personal de los ciudadanos ANGEL RAFAEL BUENO ANDARA Y MERVILL JOSE RAMIREZ REYES, SEGUNDO: Se DECRETA la inmediata Libertad de los Ciudadanos ANGEL RAFAEL BUENO ANDARA, titular de la Cedula de identidad N° 18.047.311 Y MERVILL JOSE RAMIREZ REYES, Titular de la Cedula de Identidad N° 15.458.273, quienes se encuentran detenidos en la Comandancia General De Policía del Estado Falcón, con sede en Coro y se restituyen las Garantías Constitucionales de dichos ciudadanos, todo de conformidad con los Artículos 44 y 49 de la Constitución de la Republica Bolivar.....