Por los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Admite parcialmente, la acusación presentada por el Fiscal Tercero del Ministerio Publico. SEGUNDO: Cambia la Calificación al delito de Robo Genérico previsto y sancionado en el Articulo 455 del Código Penal, por Robo en la Modalidad de Arrebaton, previsto y sancionado en el Articulo 456 Ultimo aparte ejusdem. TERCERO: Admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico, las cuales son las siguientes: 1) Se admiten las Testimoniales de los Funcionarios actuantes, ALI RAFAEL PIÑERO Y CARLOS MARX ROSSEL, adscritos a las Fuerzas Armadas de Policía del Estado Falcón, por cuanto son útiles, necesarias y pertinentes, por cuanto fueron los funcionarios que practicaron la detención del Acusado. 2) Se admiten las declaraciones testimoniales de lo.....