En mérito de las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de revisión y sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad, hecha por el profesional del derecho Abogado NELSON MANUEL GARCIA, actuando en su carácter de Defensor Privado del ciudadano MANUEL RAFAEL SECO VARGAS, venezolano, mayor de edad, de 66 años de edad, soltero, fecha de nacimiento 30-01-1946, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.858.696, de profesión u oficio: Criador; en consecuencia SE REVISA la medida de privación judicial preventiva de libertad inicialmente decretada en contra del referido imputado; y SE SUSTITUYE por la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad prevista en el numeral 1 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en el .....