Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, ACEPTA LA DESETIMACIÓN DE LA DENUNCIA interpuesta por el ciudadano Camacho Ollarves Jhovany Antonio, que fuera solicitada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, toda vez que los hechos que integran la misma se corresponde a un delito de acción privada como lo es, el delito de AMENAZA DE DAÑO GRAVE E INJUSTO, previsto en el último aparte del artículo 175 del Código Penal, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.