Este Tribunal Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, vista las decisiones que anteceden, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el numeral 3 del Artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ORDENA LA APREHENSIÓN del ciudadano ERNESTO JOSE RIERA TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 22.602.219, de nacionalidad venezolana, domiciliado en el Barrio 5 de julio, calle Unión con calle Sucre, casa Nro. 18, Municipio Miranda, Coro, Estado Falcón, quien funge como Acusado en el presente asunto por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, en perjuicio de las ciudadanas ANNY AUXILIADORA ALVAREZ OLARTE y VICTORIA NOEMI DE LEON MUSHART. SEGUNDO: Notifíquese a las partes. Notifíquese a todos los órganos de investigaciones penales de la presente decis.....