Basados en las consideraciones antes expuestas, este tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Primero: SIN LUGAR, la solicitud de decaimiento de la medida Judicial preventiva privativa de Libertad que pesa sobre el acusado JOEL JOSE QUIÑONEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17349816, a quien se le sigue por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÌCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149, segundo aparte de la Ley de Drogas y en consecuencia se niega la sustitución de sustitución de la medida judicial de privación de libertad por una medida menos gravosa, todo conformidad con lo establecido en losa artículos 29, 271 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela el artículo 230, en concordancia con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo:.....