Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA EL TRASLADO del penado ORIOL VERA FLORES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.455.013, de ocupación obrero, soltero, natural de Boca de Aroa Estado Falcón, residenciado en el el sector Las Lapas caserío Santa Barbara en la población de Tucacas de este Estado, quien actualmente se encuentra recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo (Sabaneta) al Internado Judicial de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, con fundamento en el artículo 478 y ordinal 1° del artículo 479 del ambos del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, líbrese boleta de traslado al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo (Sabaneta) a los fines de que el penado en cuestión sea trasladado a esta ciudad, líbrese oficio a la Dirección del Internado Judi.....