este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Revoca las Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación Judicial Preventiva de Libertad de las cuales viene gozando hasta la presente fecha y Ordena Librar Orden de Aprehensión en contra del Penado Ángel Esteban Mirena, arriba bien identificado, haciéndole saber a las autoridades encargadas de la captura, que una vez aprehendido el mencionado penado, deberán trasladarlo a la Sede del Internado Judicial de esta ciudad de Coro, Estado Falcón, sitio de reclusión donde deberá cumplir la sanción Impuesta.
Notifíquese del presente auto a la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón y a la Defensa. Certifíquense las copias correspondientes del cómputo y con oficio remítanse a la Dirección del Internado Judicial de esta ciudad y a la Dirección de la.....