Por todo los razonamientos expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, REVOCA EL BENEFICIO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL AL PENADO ALFREDO DAVID ARAMBULET, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.745.047, con domicilio en el Barrio Las viviendas calle La Biblioteca al final casa s/n en la población de Yaracal y actualmente domiciliado en el sector La Quizanda, calle 1, N° 092-5 en la ciudad de Valencia Estado Carabobo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 24 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica”, los artículos 479 y 501 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y 64 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario. En consecuencia, se ordena LA APREHENSIÓN del refer.....