En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA, PRIMERO: FORMALMENTE EJECUTADA LA SENTENCIA DECRETADA en contra de los penados JUAN CARLOS VILLA ROJAS, venezolano, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.828.392, obrero, domiciliado en la localidad de Dabajuro, sector Lara, casa sin número, al lado de la cancha deportiva, Municipio Buchivacoa, estado Falcón, actualmente bajo medida cautelar sustitutiva de libertad, quien fuera sentenciado a cumplir la pena de UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, mas las penas accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal, y el pago de la suma de cinco mil bolívares (Bs. 5.000) por corresponder este al 50% del pago de la dádiva indebida por la comisión del delito de CONCUSIÓN EN GRADO DE CÓMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el artículo 60 de la L.....