Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Ejecución de penas y medidas de seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA PENA impuesta a la ciudadana ROSA ELENA BRACHO ROMERO arriba bien identificada, y en consecuencia la Extinción de la Responsabilidad Criminal, en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Pena. Líbrense las correspondientes boletas de notificación a la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón, a la Defensa, a la querellante y a la penada. Remítanse copias certificadas de la presente decisión con el oficio respectivo al Ministerio del Interior y Justicia en el Viceministerio de Seguridad Ciudadana Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso y al Cuerpo de Investigacio.....