este Tribunal pasa a computar el tiempo de pena cumplida desde el día de hoy, fecha de elaboración del cómputo, resultó que la penadas de autos llevan cumpliendo TRES (03) AÑOS y ONCE (11) MESES de Prisión, faltándole por cumplir CUATRO (04) AÑOS Y UN (01) MES dándole cumplimiento la pena impuesta en fecha 19 de Agosto de 2010. De igual manera puede optar por las medidas de Pre-libertad de la manera siguiente:
Destacamento de Trabajo: Establece la norma que a partir de la presente fecha 21JUL2006 por cuanto ha cumplido Un Cuarto (1/4) de la pena impuesta, es decir Dos (02) años de Prisión.
Régimen Abierto: Establece la norma que a partir de presente fecha 21JUL2006 cuando haya cumplido más de un tercio de la pena impuesta, es decir, Dos (02) Años y Ocho (08) Meses de Prisión.
Libertad Condicional: Establece la norma que desde la fecha 13DIC2007 por cuanto ya ha cumplido las 2/3 partes de la pena, es decir, Cinco (05) Años y Cuatro (04) Meses de Prisión.
Confinamien.....