En tal sentido de conformidad con lo establecido en el artículo 482 eiusdem, los penados pueden optar desde esta misma fecha al beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Certifíquense las copias correspondientes del cómputo y con oficio remítanse a la Fiscal Décimo del Ministerio Público del Estado Falcón, a los penados, al Defensor Privado Abg. Félix Cabrera y a la Defensara Pública Sexta Penal y la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. BELKIS ROMERO DE TORREALBA.
LA SECRETARIA,
ABG. JENNY OVIOL
Nota: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente. Conste.-
LA SECRETARIA,