este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA REDIMIDA LA PENA por efectos del trabajo y el estudio a la penada: MARGARITA TAVERAS DE CARREÑO, Venezolana, mayor de edad, divorciada, residenciada en la Urbanización La Hacienda de Caricuao UD6, Bloque 3, escalera 2, piso 14, apartamento 14-07 en el municipio Libertador en caracas Distrito Capital, fecha de nacimiento: 30-10-1995 y Titular de la crédula de identidad N° 11.942.216, actualmente privada de libertad en el internado judicial, en TRES (03) AÑOS, NUEVE (09) MESES, VEINTICUATRO (24) DIAS y DOCE (12) HORAS de prisión y actualmente recluido en el Internado Judicial Penal de esta ciudad, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena y los artículos 2°, 24 de la Constitución, y 507 del COPP y 2 de la Ley de Redención Judicial. Y así .....