Por las motivaciones que preceden, este Juzgado Primero de Ejecución y Medidas del Circuito Judicial Penal de Coro del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA al Ciudadano: ORIOL VERA FLORES, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.455.013, de ocupación obrero, soltero, natural de Boca de Aroa Estado Falcón, residenciado en el sector Las Lapas caserío Santa Bárbara en la población de Tucacas del Estado Falcón, y como actualmente se encuentra privado de libertad en el internado judicial, cumpliendo la condena impuesta, se decreta LA LIBERTAD PLENA del penado de autos antes plenamente identificado. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 105 del Código penal venezolano. Libérese la correspondiente boleta de EXCARCELACION. Notifíquese al Ministerio Público, a la Defensa.....