Este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Con lugar, la solicitud Fiscal, en relación al adolescente imputado, JORGE LUIS NOGUERA ANTEQUERA, venezolano, nacido en fecha 29/06/1995, titular de la Cédula de Identidad No. V-24.524.575, de 17 años de edad, soltero, domiciliado en el Sector La Sabana, Calle Esser, con Calle Independencia, Casa Sin Numero, a dos casas del Taller de Herrería Don Nicanor de la Población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, teléfonos 04263228945 y 04162201463, hijo de Lucy maría Antequera Castillo y Jorge Rafael Noguera, a la cual se adhirió la defensa privada, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICO.....