Este Tribunal de Primera Instancia actuando en funciones de Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley Declara con lugar la solicitud Fiscal y DECRETA al adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA antes identificado la medida cautelar contenida en el literal B del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por lo cual quedará sometido al cuidado de sus padres. Se ordena seguir el procedimiento ordinario. Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Déjese copia de la presente decisión resolución interlocutoria. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público en la oportunidad correspondiente a los fines de continuar con la investigación.