En base a los argumentos antes esgrimidos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: Se decreta la nulidad del auto de fecha 21-2-2013 mediante el cual se ordenó notificar a las partes para que en un plazo común de cinco días se impusieran de las actuaciones y fijó audiencia preliminar para el día 14-3-2013, quedando sin efectos procesales las notificaciones libradas en ocasión del referido auto, de las actas y autos de diferimientos subsiguientes y boletas de notificación libradas, todo de conformidad a lo previsto en los artículo conformidad con lo señalado en los artículos 174, 175, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal aplicados por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del .....