este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente SANCIONA al Joven Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna; por la comisión del delito de Robo Agravado y Porte Ilícito de Armas en Perjuicio de Yulimar Bravo Néstor Juan Ferrer Bravo y Nesmary Alejandra Ferrer Bravo víctimas en el presente asunto a CUMPLIR con la Medida de Privativa de libertad por el lapso de Dos (02) Años de conformidad con lo dispuesto en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia. Regístrese, Publíquese y. Remítase el presente asunto en su oportunidad legal al Tribunal de Ejecución Sección Adolescente