Por las motivaciones precedentemente señaladas, este Juzgado de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, sede Coro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta, de conformidad con el encabezamiento del artículo 196 del Código Orgánico Procesal Penal, la nulidad del acto que contiene a la audiencia preliminar que se celebró el día 09 marzo de 2005 por el Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo del mismo estado, quien actuó Juzgado de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente y la de todos los actos consecutivos que de ella emanaren o dependieren, es decir, del auto de enjuiciamiento, del auto que da por recibida la causa en este despacho, del auto por medio del cual se constituye este Tribunal de manera unipersonal para el enjuiciamiento del acusado y de.....