DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Mixto de Juicio Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley: SANCIONA con el voto salvado del Escabino IDENTIDAD OMITIDA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, soltero, de dieciséis años de edad, residenciado en la Población de Cabure, Estado Falcón por el delito de VIOLACION previsto y sancionado en el Artículo 375 del Código Penal Venezolano Vigente, con las agravantes previstas en el ordinal 12 del artículo 77 Ejusdem, en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA SANCHEZ a cumplir la sanción prevista en los Artículos 626 y 627 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las cuales consisten en la medida de Libertad Asistida por el lapso de Un (01) año, y Semi-liberad, por el lapso de seis meses a partir de que el Ju.....