Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Presunción de Admisión de Hecho en contra de la entidad de trabajo GRUPOS COSCOS, C.A.
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por el ciudadano VICENTE SILVERIO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.845.469, en contra de la entidad de trabajo GRUPOS COSCOS, C.A. por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
TERCERO: Se condena a la entidad de trabajo GRUPOS COSCOS, C.A. a cancelar al ciudadano VICENTE SILVERIO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.845.469, la cantidad total de TRECE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 13.556,64).....