Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Admisión de Hecho en contra la empresa SERVICIOS y EQUIPOS DEL OCCCIDENTES, C.A. (SEDOCA),
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por la ciudadana ORIANNE GUADALUPE FALCO RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.631.486, en contra la empresa SERVICIOS y EQUIPOS DEL OCCCIDENTES, C.A. (SEDOCA), por Cobro de Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se condena la empresa SERVICIOS y EQUIPOS DEL OCCCIDENTES, C.A. (SEDOCA) a cancelar a la parte actora ORIANNE GUADALUPE FALCO RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.631.486, la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTE CON O.....