Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Presunción de Admisión de Hecho en contra de la entidad de trabajo CONSORCIO TRANSMEICA.
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por el ciudadano GILBERTO JOSE COLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-4.791.185, en contra de la entidad de trabajo CONSORCIO TRANSMEICA por INDEMNIZACIÓN POR DAÑO Y PERJUICIO (PARO FORZOSO).
TERCERO: Se condena a la entidad de trabajo CONSORCIO TRANSMEICA a cancelar al ciudadano GILBERTO JOSE COLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-4.791.185, la cantidad total de SIETE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (BS. 7.134,30), por concepto de INDEMNIZACIÓN POR DAÑO Y PERJUICIO (PARO FORZOSO). Así s.....